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DOCUMENTO INFORMATIVO

INSPECCIONES OBLIGATORIAS EN INSTALACIONES ELECTRICAS DE BAJA TENSION

Según Orden de 18-08-2008 de la Consellería de Innovación e Industria de Galicia, serán objeto de inspección por Organismo de Control Autorizado:

INSTALACIONES
INSPECCIÓN

Industriales, talleres y almacenes con Potencia instalada > 100 Kw

Inicial y cada 5 años

Locales mojados con Potencia instalada > 25 Kw. Incluye industria conservera y frigorífica en general, mataderos, piscifactorías, lonjas, depuradoras, estaciones de lavado de vehículos, establecimientos de baños, locales con radiadores para saunas, etc. Instalaciones a la intemperie como: parques de caravanas, alimentación de barcos de recreo, etc.

Inicial y cada 5 años

Locales con riesgo de incendio o explosión Clase I, excepto garajes < 25 plazas. Incluye industria petrolífera, estaciones de servicio, talleres de reparación de vehículos, locales donde se manipulen o almacenen gases inflamables, pinturas o disolventes; en general, todos aquellos donde puede haber gases o líquidos inflamables.

Inicial y cada 5 años

Garajes de más de 24 plazas, ya sea ventilación natural o forzada. Garajes públicos cerrados y cubiertos de más de 5 plazas.

Inicial y cada 5 años

Locales Pública Concurrencia correspondientes a locales de espectáculos, actividades recreativas, locales de reunión, trabajo y usos sanitarios. Incluye: cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, frontones, campos de tiro, plazas de toros, hipódromos, parques de atracciones y ferias fijas, salas de fiesta, discotecas, casinos, bingos, salones de juegos recreativos, boleras, piscinas públicas, etc. Templos, museos, salas de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías, restaurantes, zonas comunes en agrupaciones de establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de vieajeros, asilos y guarderías. Hospitales, ambulatorios, sanatorios, centros de salud, clínicas (dentales, veterinarias, ...).

Inicial y cada 5 años

Bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales, oficinas con presencia de público (bancos, seguros, gestorías, etc), residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubs sociales y deportivos, si la ocupación es mayor de 50 personas.

Inicial y cada 5 años

Todos aquellos locales no contemplados en los dos apartados anteriores si la ocupación es superior a 100 personas. Se incluyen campings, peluquerías, salones de belleza sin clínica, solarios, oficinas sin presencia de público, etc.

Inicial y cada 5 años

Locales clasificados en condiciones BD2, BD3 y BD4 según UNE 20460. Ej: edificios de gran altura.

Inicial y cada 5 años

Iluminación exterior de Potencia > 5 Kw

Inicial y cada 5 años

Quirófanos y salas de intervención

Inicial y cada 5 años

Piscinas y fuentes con Potencia > 10 Kw

Inicial y cada 5 años

Instalaciones Comunes de edificios de viviendas de Potencia total instalada en el edificio > 100 Kw

Cada 10 años