DOCUMENTO INFORMATIVO
INSPECCIONES OBLIGATORIAS EN INSTALACIONES ELECTRICAS DE BAJA TENSION
Según Orden de 18-08-2008 de la Consellería de Innovación e Industria de Galicia, serán objeto de inspección por Organismo de Control Autorizado:
Industriales, talleres y almacenes con Potencia instalada > 100 Kw |
Inicial y cada 5 años |
Locales mojados con Potencia instalada > 25 Kw. Incluye industria conservera y frigorífica en general, mataderos, piscifactorías, lonjas, depuradoras, estaciones de lavado de vehículos, establecimientos de baños, locales con radiadores para saunas, etc. Instalaciones a la intemperie como: parques de caravanas, alimentación de barcos de recreo, etc. |
Inicial y cada 5 años |
Locales con riesgo de incendio o explosión Clase I, excepto garajes < 25 plazas. Incluye industria petrolífera, estaciones de servicio, talleres de reparación de vehículos, locales donde se manipulen o almacenen gases inflamables, pinturas o disolventes; en general, todos aquellos donde puede haber gases o líquidos inflamables. |
Inicial y cada 5 años |
Garajes de más de 24 plazas, ya sea ventilación natural o forzada. Garajes públicos cerrados y cubiertos de más de 5 plazas. |
Inicial y cada 5 años |
Locales Pública Concurrencia correspondientes a locales de espectáculos, actividades recreativas, locales de reunión, trabajo y usos sanitarios. Incluye: cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, frontones, campos de tiro, plazas de toros, hipódromos, parques de atracciones y ferias fijas, salas de fiesta, discotecas, casinos, bingos, salones de juegos recreativos, boleras, piscinas públicas, etc. Templos, museos, salas de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías, restaurantes, zonas comunes en agrupaciones de establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de vieajeros, asilos y guarderías. Hospitales, ambulatorios, sanatorios, centros de salud, clínicas (dentales, veterinarias, ...). |
Inicial y cada 5 años |
Bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales, oficinas con presencia de público (bancos, seguros, gestorías, etc), residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubs sociales y deportivos, si la ocupación es mayor de 50 personas. |
Inicial y cada 5 años |
Todos aquellos locales no contemplados en los dos apartados anteriores si la ocupación es superior a 100 personas. Se incluyen campings, peluquerías, salones de belleza sin clínica, solarios, oficinas sin presencia de público, etc. |
Inicial y cada 5 años |
Locales clasificados en condiciones BD2, BD3 y BD4 según UNE 20460. Ej: edificios de gran altura. |
Inicial y cada 5 años |
Iluminación exterior de Potencia > 5 Kw |
Inicial y cada 5 años |
Quirófanos y salas de intervención |
Inicial y cada 5 años |
Piscinas y fuentes con Potencia > 10 Kw |
Inicial y cada 5 años |
Instalaciones Comunes de edificios de viviendas de Potencia total instalada en el edificio > 100 Kw |
Cada 10 años |
Si no existe documentación de puesta en servicio, se considerará la fecha del primer suministro de energía.
Los titulares de las instalaciones son responsables del correcto mantenimiento de las mismas.